A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Ginna Lorena Baquero Mora·Respondent Nueva Eps
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Civil del Tribunal Superior de Villavicencio y el Administrativo de Granada (Meta).
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente.
Ello, por cuanto la primera autoridad alegó una presunta falta de competencia que vició el trámite procesal, pero basándose en el numeral 8 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015 (modificado por el artículo 1 del Decreto 333 de 2021).
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente a la Sala Civil del Tribunal Superior de Villavicencio para que, de manera inmediata, resuelva la impugnación contra el fallo proferido por el Juzgado 1 Promiscuo de Familia de Granada.
Se hizo una advertencia al precitado Tribunal para que, en lo sucesivo (i) observe los precedentes constitucionales y las normas en materia de los factores de competencia de los jueces de tutela, y (ii) se abstenga de provocar conflictos aparentes de competencia con base en reglas de reparto de las acciones de tutela.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 5 de noviembre de 2025 por la Sala Civil del Tribunal Superior de Villavicencio en la acción de tutela interpuesta por Ginna Lorena Baquero Mora contra la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Villavicencio y la Nueva EPS S.A.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente ICC-5210 a la Sala Civil del Tribunal Superior de Villavicencio, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 001 Administrativo de Granada.
- TERCERO. ADVERTIR a la Sala Civil del Tribunal Superior de Villavicencio que, en lo sucesivo, debe (i) observar los precedentes constitucionales y las normas en materia de los factores de competencia de los jueces de tutela, y (ii) abstenerse de provocar conflictos aparentes de competencia con base en reglas de reparto de las acciones de tutela.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.